Como todos los años, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) estudia a mitad de año la posible suba del salario mínimo vigente. Este año, debido a la pandemia de la Covid-19, el salario mínimo se mantendría y continuará encuadrado en 2.192.839 guaraníes por los siguientes 12 meses.
Sobre este punto, la directora de Trabajo y miembro del Consejo Nacional del Salario Mínimo, Karina Gómez, en conversación con ZP1, Radio Nacional del Paraguay, que el reajuste se da sobre la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional.
Desde pocos años atrás, el tema de salario mínimo reúne a los gremios de trabajadores y empleadores en un consejo que debate las variables tomadas en el año para establecer la respectiva suba. Nosotros pedimos informe al Banco Central del Paraguay (BCP) para conocer la variación del Índice del Precio del Consumidor que se registra desde junio 2019 hasta mayo de este año para verificar cómo fue evolucionando la inflación, si tuvo alguna repercusión de impacto dentro de la economía nacional, detalló Gómez.
De acuerdo a los datos que remitió el BCP, el índice de precios del consumidor durante los últimos 11 meses tuvo una variación del 0.7 por ciento.
Teniendo ese horizonte, el sector empresarial apoyó a los representantes de los trabajadores, quienes plantearon la posibilidad de que el salario mínimo vigente se mantenga teniendo en cuenta el bien común y que se pueda analizar una nueva política salarial ya con un ambiente económico diferente, según informó la experta.
Acotó además que dicha política se mantendrá hasta que la economía nacional repunte y que los microempresarios que están dentro del área de servicio o comerciales que todavía no pueden abrir en esta fase registren una mejor fluctuación económica.
En este momento el sector trabajador considera que cualquier reajuste del salario mínimo en pequeña medida también vincula el reajuste de precio de la canasta básica familiar, comentó Gómez en relación a lo que la situación actual presenta y atendiendo también a la cantidad importante de trabajadores cesados y desvinculados.
La Ley N° 5764 que modifica el Código del Trabajo, establece que el mes de junio de cada año los miembros del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) deberán reunirse para analizar el reajuste del salario mínimo legal sobre la base del IPC y su impacto en la economía nacional.