La Federación Latinoamericana de Fiscales manifestó su profunda preocupación por la no confirmación en el cargo de Fiscal de los agentes Patricia Aquino y Enrique Gómez en atención a que la resolución de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay «carece de motivación y razonabilidad, convirtiendo la decisión adoptada en un acto arbitrario».
«La FEDERACION LATINOAMERICANA DE FISCALES (FLF) se ha pronunciado reiteradamente en defensa de la independencia del Ministerio Público Fiscal, lo cual implica, necesariamente, avocarse, entre otros temas, a las condiciones de servicio en la que los y las fiscales ejercen sus funciones, a nivel individual, en su trabajo de investigación y persecución de delitos», comienza diciendo el comunicado dado a conocer por el gremio.
La misiva destaca seguidamente que los procesos y criterios de selección y nombramiento, como su estabilidad en el cargo, están orientados a garantizar que las personas escogidas sean las más idóneas para la tarea. «Los y las fiscales deben ser seleccionados siguiendo procedimientos transparentes, justos e imparciales y sobre la base de criterios objetivos que permitan evaluar el mérito y las capacidades de los aspirantes con base en un perfil previo, detallado y de carácter normativo».
Al respecto, las Directrices de las Naciones Unidas sobre la función de los fiscales, establecen que los criterios de selección de los y las fiscales deben contener «salvaguardias contra designaciones basadas en predilecciones o prejuicios» que excluyan toda discriminación en contra de una persona por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, situación económica o de otra índole, resalta la FLF.
En base a ello, la Federación Latinoamericana de Fiscales quiere manifestar su profunda preocupación por la no confirmación en el cargo de Fiscal de los agentes Patricia Aquino y Enrique Gómez en atención a que la resolución de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay carece de motivación y razonabilidad, convirtiendo la decisión adoptada en un acto arbitrario.
Consecuentemente -sigue el comunicado- cabe resaltar que los «compromisos asumidos internacionalmente por los Estados Latinoamericanos apuntan a reforzar y fortalecer los Ministerios Públicos de la región. En particular, la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada en el marco de la Organización de los Estados Americanos como la Convención de las Naciones Unidos contra la Corrupción y la Convención de Palermo (ONU) contra el Crimen Organizado, ponen especial énfasis en garantizar la independencia y seguridad de los/las integrantes de los poderes judiciales y ministerios públicos.
«Se trata de una obligación esencial de los Estados de garantizar que los/las agentes fiscales puedan desempeñar sus funciones, tanto en materia de investigación como en sostener les procesos judiciales, dotados de los elementos relativos a la independencia y autonomía funcional, que están vinculados a la seguridad laboral y a la estabilidad en su cargo, económica, personal y familiar, sin tener que someterse al agrado o desagrado de personas que puedan ser investigadas o procesadas por estos», reitera la misiva.
En este orden de cosas, se debe señalar que la Asociación de Agentes Fiscales de Paraguay (AAFP), informó que, en la sesión del miércoles 2 de junio del corriente año, la Corte Suprema de Justicia de aquel país, decidió designar a dos nuevos postulantes para el cargo de agente fiscal, dejando afuera de la función a las Agentes Fiscales titulares Patricia Aquino y Enrique Gómez, quienes contaban con una antigüedad de 6 años en el cargo, y de 15 y 34 años como funcionarios del sistema de justicia respectivamente, sin que tuvieras procedimientos abiertos en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Agregaron, que la decisión adoptada por la máxima autoridad judicial careció de fundamentación para dejar sin trabajo a los citados agentes fiscales y se limitó a mencionar, en algunos casos, las bondades de las personas designadas, en el entendimiento que no deben justificar sus resoluciones por tratarse de una actividad administrativa y no jurisdiccional.
Por otra parte, la AAFP puntualizó que la Corte Suprema de Justicia de Paraguay sostiene que la ley vigente solo exige que el titular del cargo ingrese a la tera correspondiente en pie de igualdad con los otros postulantes por lo que la elección se trata de acto de concurse y no de confirmación.
Por último, consideran que la posición adoptada por la máxima instancia judicial del Paraguay se aparta del ideal de Justicia, en violación a los acuerdos internacionales que establecen que la estabilidad laboral de los magistrados tiene por finalidad fortalecer la independencia de función judicial, por lo que requieren un pronunciamiento de la FLF en ese sentido.
Sentado ello, la Federación Latinoamericana de Fiscales, más allá que considera que el peculiar proceso de selección de los fiscales en Paraguay puede tener una inferencia directa en la carrera profesional del fiscal y que requiere una adecuación normativa a los principios internacionales que aseguran la independencia del Ministerio Publico Fiscal, debe advertir que toda decisión que implique la interrupción de la estabilidad en el cargo de fiscal, impone que esa decisión este integrada con los fundamentos necesarios de todo acto de gobierno.
«En un Estado de Derecho, las decisiones, en las distintas funciones estatales, aun en una situación de emergencia, deben ser motivadas, esto es, justificado en razones objetivas y lógicas, porque de lo contrario, deben ser tachadas de arbitrarias, mache más cuando se trata de la suplantación de un funcionario y que puede afectar indirectamente la probidad y dignidad del sustituido», señala la postura de la FLF.
Agrega que «no confirmar a un Agente Fiscal en su cargo, cuando no hay razón alguna para no hacerlo, es tan grave como apartarlo sin motivación. Todo el sistema de justicia quedará expuesto a especulaciones y provocará, no solo el debilitamiento del mismo, sino también el vaciamiento del Ministerio Público, ya que nadie querrá, ni podrá, combatir el crimen organizado y la corrupción sin correr el riesgo de ser apartado de su función e no confirmado, sin recibir explicación alguna y desconociendo los motivos jurídicos, ya que no se cumple con la fundamentación exigida a todo órgano republicano y a todo acto administrativo emanada de ellas, en el caso en cuestión específicamente por la Constitución y la Ley N° 6299/2019 en su Art. 3».
El gremio de fiscales latinoamericanos exhortó en su comunicado a la Corte Suprema de Justicia de Paraguay que adecue sus procedimientos de selección de las fiscales para evitar cualquier mínimo agravio a la persona del fiscal remplazado, ante el secretismo de las razones de su apartamiento, y por ella haciendo lugar al apoyo solicitado se revierta la decisión adaptada respecto de los agentes Aquino y Gómez.
Finalmente, la FLF manifiesta que se pone a disposición de la Asociación de Agentes Fiscales del Paraguay para cualquier acción posterior o asistencia que tenga por finalidad establecer una defensa de la integridad y eficacia de la función fiscal.
El comunicado está firmado por la Presidenta de la FLF, Susana Marta Pernas (Argentina); el Vicepresidente Primero del gremio, Ronald Segura (Costa Rica); el Secretario General, Ricardo Rafael Toranzos (Argentina); el Secretario Relaciones Exteriores, Marcelo Varona Quintián (Argentina) y el Secretario de Actas, Francisco Rodríguez Camilo (República Dominicana)