Una “campaña periodística” aludiendo supuesto interés por la transparencia y la cosa pública lleva adelante desde hace meses el diario La Nación del grupo Cartes contra uno de los entes binacionales. La campaña por la transparencia sin embargo tiende más a una persecución pues todo lo que reclama a diario a través de sus páginas está publicado en la página web.
Se trata de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), que en su sitio en internet tiene publicado todas las inversiones realizadas en los últimos dos años de gestión, que es lo que supuestamente interesa a los periodistas del medio de marras. Ver https://www.eby.gov.py/inversion-social/
Según el portal de Acceso a la Información Pública, La Nación pidió informe sobre pagos en concepto de publicidad, eventos y propaganda incluyendo la descripción del servicio, fecha de contrato.
En la web de la EBY, en la pestaña Transparencia, están alojados todos los datos solicitados. Nombre de medios, beneficiarios, fecha de contrato, tiempo y monto. Esto fue comunicado a los periodistas del diario mencionado, pero aún así insisten. Es más, recurrieron a la Justicia, a pesar de que todo está publicado como prevé la Ley 5282/14.
También piden transferencias económicas realizadas a organizaciones sociales, gubernamentales y no gubernamentales de los mismos años. En el mismo lugar donde la EBY publica los detalles de publicidad también están los detalles de esta información. Incluye, así como piden, concepto de ayuda económica, fecha, nombre de responsable.
Según los datos a los que accedimos, la institución, a través de la Asesoría Jurídica y la oficina de Acceso a la Información hizo saber al diario de la publicación de todos los detalles, pero al parecer, la transparencia es solo una excusa para llevar adelante una campaña de fines desconocidos, pues a sabiendas siguen con sus publicaciones diarias.
Los periodistas llevaron el caso hasta la Justicia, donde una jueza de la Niñez y la Adolescencia, con un dictamen a todas luces hecha en algún estudio jurídico, otorgó un amparo ignorando lo que dice la Ley 5282, en su Artículo 17 donde refiere a los Límites “En caso que la información pública solicitada ya esté disponible para el solicitante, a través de cualquier medio fehaciente, la fuente pública requerida le hará saber, además de indicar la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a la misma, con lo cual se entenderá que se dio cumplimiento a la obligación de informar”.
Según la contestación judicial de la EBY, la institución cumplió con creces con este requerimiento.